Las rentas imputadas por la comunidad de propietarios

19 abril 2021

     Nuestra participación dentro de la Comunidad de Propietarios puede influir en nuestra declaración de la renta, como deducción o a modo de ganancia patrimonial.

     El administrador debe facilitar un certificado a cada propietario, en relación a su cuota de participación, de las actividades que cuentan con obligaciones fiscales para que cada propietario lo incluya en su declaración.

  • La mejora de la eficiencia energética.

     Se contempla una deducción de un 15% de la inversión realizada, con un máximo de 9.000 euros por contribuyente, y también del 100% del coste de los honorarios para la obtención del certificado que justifique el salto de letra en la calificación energética del inmueble, así como las tasas relacionadas con su inscripción en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de la Comunidad Autónoma de Galicia, con un límite único de 150 euros que será prorrateado en función del porcentaje de titularidad de la vivienda.

     La obra de rehabilitación energética se acredita con certificados de calificación energética, en los términos que establece el RD 235/2013, de 5 de abril.

  • Inversión en instalaciones de climatización y agua caliente.

     Se contempla una deducción de un 5% de la inversión realizada, con un máximo de 280 euros por contribuyente.

     La instalación debe estar debidamente registrada por el instalador, que debe estar habilitado para el efecto, en la Oficina Virtual de Industria (OVI) y que se debe aportar la documentación del presupuesto y la factura de la instalación.

  • Rehabilitar inmuebles en centros históricos.

     Se contempla una deducción de un 15% de la inversión realizada, con un límite de 9.000,00-€ anuales. Deben ser proyectos que dispongan de permisos y que permitan reconstruir fachadas, cubiertas y otras obras análogas.

     En sentido contrario, tenemos las ayudas públicas, que tributan como ganancia patrimonial, a tenor de lo dispuesto en el art. 33 de la Ley del IRPF.

     Si se ha realizado alguna obra en tu Comunidad de Propietarios de las mencionadas, contacta con nosotros y te informaremos de tu situación.