¿Puede la comunidad imponer límites al uso de las zonas comunes del edificio?

1 febrero 2022

     Sí, se trata de normas de régimen interno que la Ley establece al margen del Título constitutivo y los estatutos. Su función es la de regular los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes.

     Relacionado con esta cuestión, el artículo 6 de la LPH dispone: «Para regular los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes, y dentro de los límites establecidos por la Ley y los estatutos, el conjunto de propietarios podrá fijar normas de régimen interior que obligarán también a todo titular mientras no sean modificadas en la forma prevista para tomar acuerdos sobre la administración». 

     Para la adopción de tales normas solo se precisa el acuerdo de la mayoría de los propietarios, a diferencia de los acuerdos por los que se pretenda la modificación de los estatutos comunitarios, que requieren de la aprobación unánime.