¿Puede el presidente tomar decisiones en contra del consenso de la comunidad?

18 enero 2023

     El presidente de una comunidad de vecinos no está legitimado para cualquier actuación por el mero hecho de ostentar el cargo, ya que no puede suplir o corregir la voluntad de toda la comunidad.

     El hecho de que el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal otorgue al presidente de la comunidad la representación de la comunidad en un  juicio por ejemplo o fuera de él para cualquier otra actuación, no significa que esté legitimado para cualquier acción por el mero hecho de ostentar el cargo de presidente, ya que no puede suplir o corregir la voluntad de la comunidad expresada en las juntas ordinarias o extraordinarias.